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LEGALIZACIÓN DEL ABORTO EN CASOS ESPECIFICOS
El pasado 10 de mayo la corte constitucional dicto jurisprudencia al legalizar el aborto en Colombia en tres casos específicos:
a) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificado por un médico.
b) cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico
c) cuando el embarazo sea resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo, o de inseminación artificial o de transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.
Es una gran paso en los derechos de la mujer en decidir si quiere o no tener un hijo, cuando el estado limita esta opción no estaríamos hablando de un estado social de derecho si no una dictadura, cuando los derechos de la mujer se ven vulnerados a tener un hijo cuando está no lo desea o cuando el feto presenta malformaciones

El tema del aborto en las mujeres es uno sensitivo y algo complicado, no estoy de acuerdo en que se realice los mismo, pero si toman en consideración ciertas situaciones como las que llevarona ante la jursiprudencia en Colombia, ya están estableciendo en que situaciones se pueden llevar a cabo dichos abortos. Están aceptable aunque es decisión de la mujer decidir si se realiza o no el aborto. [llora].
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